En la mayoría de los casos, un año nuevo significa también nuevas normas y leyes, por lo que habrá un cambio importante para los propietarios de autocaravanas a partir de junio de 2025:
El artículo 60 del StVZO entra en vigor y regula las obligaciones de los vehículos con sistemas de GLP.
Aunque antes la prueba de gases era voluntaria y desde 2019 ya no forma parte de la inspección general, se aplicará a partir del 19 de junio de 2025:
(1) Los propietarios de vehículos sujetos a matriculación en el sentido del artículo 3 (1) frase 1 del Reglamento de matriculación de vehículos y de vehículos sujetos a etiquetado en virtud del artículo 4 (2) frase 1 y (3) frase 2 del Reglamento de matriculación de vehículos deberán inspeccionar, a sus expensas, los sistemas de GLP de sus vehículos con un consumo máximo de 1,5 kg/h, que no se utilicen para propulsar dichos vehículos, de acuerdo con la hoja de trabajo de normas técnicas DVGW G 607 (A) «Sistemas de GLP con un consumo máximo de 1,5 kg/h en vehículos de ocio, casas móviles y para fines residenciales en otros vehículos; Funcionamiento y pruebas» (ISSN 0176-3490, DVGW, Bonn, agosto de 2022) de la asociación «Deutscher Verein des Gas- und Wasserfaches e. V.» Josef-Wirmer-Straße 1-3, 53123 Bonn, Alemania
- antes de su puesta en marcha inicial
- antes de la nueva puesta en servicio tras modificaciones que requieran pruebas y
- A partir de entonces, a intervalos de 24 meses desde la prueba anterior (repetición de la prueba)
El incumplimiento puede dar lugar a sanciones:
2 – 4 meses de retraso – 15 euros de multa
4 – 8 meses de retraso – 25 euros de multa
Más de 8 meses de retraso – 60 euros de multa
También debes tener en cuenta que algunos campings insisten en una prueba de gas válida.